Siguiendo con todos los emails que nos llegan en relación con el impuesto de IVA en las exportaciones queremos aportar una breve aclaración sobre la compra que estará exenta de IVA a proveedores nacionales de bienes que vayan a ser exportados.
Hay que tener claro que estará exenta de IVA la introducción de mercancías en Zonas Francas y Depósitos Aduaneros, por lo que para que la empresa pueda estar exenta de repercutir IVA en la venta a otra empresa española, la opción que os recomiendo es la de introducir previamente la mercancía en un Depósito Aduanero.
El documento de entrada en el Depósito será la prueba documental,
en caso de inspección, por la cual la venta interior estará exenta de IVA. El justificante de introducción en estas áreas será la Solicitud de Entrada en Depósito Franco/Zona Franca y sólo podrán aplicar las exenciones de las operaciones relacionadas con las zonas y depósitos francos, depósitos temporales y plataformas de perforación si el adquirente de los bienes les entrega una declaración suscrita por ellos en la que quede justificada la recepción de los bienes y se ponga de manifiesto el destino o situación de los mismos que justifique la correspondiente exención.
en caso de inspección, por la cual la venta interior estará exenta de IVA. El justificante de introducción en estas áreas será la Solicitud de Entrada en Depósito Franco/Zona Franca y sólo podrán aplicar las exenciones de las operaciones relacionadas con las zonas y depósitos francos, depósitos temporales y plataformas de perforación si el adquirente de los bienes les entrega una declaración suscrita por ellos en la que quede justificada la recepción de los bienes y se ponga de manifiesto el destino o situación de los mismos que justifique la correspondiente exención.
Espero que os haya quedado un poco más claro, y si no es así podéis poneros en contacto conmigo a través de info@elblogdecomercioexterior.com
Gran noticia, pero una pregunta: ¿Esto en qué país aplica?
ResponderEliminarEs para España, pero para otros países es similar
EliminarBuenos días, nos interesa mucho este tema, puesto que la devolución del IVA mensual, se demora en unos tres meses, eso cuando no te requieren, nuestra duda es el coste de estas zonas o depósitos francos, no encontramos información referente al coste de estas zonas. Un saludo y gracias.
ResponderEliminarHola, cada zona tiene unas tarifas, por eso os recomiendo que contacteis directamente.
EliminarEn elblogdecomercioexterior.com tenemos acuerdos con distintas y podemos conseguir precios ventajosos.
Saludos,
Buenas tardes, nos interesa ponernos en contacto, a que e-mail podemos realizar nuestras consultas?
EliminarUn saludo y gracias.
Buenos días, pero de que importes estamos hablando mas o menos para exportar, si pueden facilitarnos información, es para saber si nos compensa este proceso, si pueden facilitarnos un e-mail de contacto.
ResponderEliminarUn saludo y gracias.
Buenas tardes,
EliminarPuede contactarme en info@elblodecomercioexterior.com
Saludos,