Siguiendo con todos los emails que nos llegan en relación con el impuesto de IVA en las exportaciones queremos aportar una breve aclaración sobre la compra que estará exenta de IVA a proveedores nacionales de bienes que vayan a ser exportados.
Hay que tener claro que estará exenta de IVA la introducción de mercancías en Zonas Francas y Depósitos Aduaneros, por lo que para que la empresa pueda estar exenta de repercutir IVA en la venta a otra empresa española, la opción que os recomiendo es la de introducir previamente la mercancía en un Depósito Aduanero.
El documento de entrada en el Depósito será la prueba documental,