El Blog de Comercio Exterior, Compras y Logística: marzo 2018

Incoterm: CIP (Carriage and Insurance Paid To)

En estos últimos 6 años hemos hablado varias veces de los Incoterms y las diferentes normas respecto a las condiciones de entrega en las compras y ventas internacionales. (Exworks, CIF, DDP).

Existen empresas como www.startranssa.com que están especializadas en transporte de carga y mercancías así como en la gestión y coordinación del transporte internacional de mercancías que pueden ayudarte en estos distintos casos.

Uno de los Incoterm que más dudas genera es el Incoterm CIP, ya que se trata de un Incoterm que supone la entrega indirecta de la mercancía, con pago del transporte principal, vamos a explicar de una manera fácil lo que supone la utilización de este Inconterm:

  • Las siglas del Incoterm "CIP" hacen referencia a las palabras en inglés de "Carriage and Insurance Paid To", y mediante este Incoterm se exige que sea el vendedor quien despache la mercancía en la aduana para la exportación. 
  • Es importente destacar que el Incoterm CIP se trata de un Incoterm multimodal o polivalente ya que se puede se utilizar en operaciones con cualquier tipo de transporte.
  • Cuando se utiliza este Incoterm, es el vendedor quien se hace cargo de todos los costes, incluyendo el transporte principal y seguro hasta que la mercancía llega a un punto acordado. 
  • El riesgo en el Incoterm CIP se transmite al comprador en el momento exacto de la entrega de la mercancía al transportista del país de origen. En el caso de que se subcontraten transportistas sucesivos hasta el punto convenido de destino, el riesgo se transmitirá una vez las mercancías son entregadas al primer transportista.

Obligaciones del comprador
  • Será quien pague el precio de lo estipulado en el contrato de compra-venta. Además tendrá que conseguir la licencia de importación o cualquier otra autorización requerida para llevar a cabo la importación de la mercancía.
  • Cuando la mercancía sea entregada deberá ser aceptada por el transportista para que la lleve al lugar del destino. Por lo tanto, deberá de asumir todos los daños o pérdidas surgidas previas a la entrega.
  • Pagará todos los gastos que estén relacionados con la mercancía hasta que se entregue, a menos que en el contrato se haya incluido el flete. De no dar aviso al comprador deberá pagar todos los costos adicionales, si no entrega la mercancía en la fecha estipulada.
  • Asumirá todos los riesgos de la mercancía en el país de origen hasta que se entregue al transportista.
  • Aceptar el documento de conformidad, siendo así que asumirá todos los gastos de la inspección del embarque, a menos que ésta haya sido ordenada por las autoridades de donde se exporta.
  • Pagará todos los gastos de carga que haya incurrido sobre la obtención de los documentos de exportación, reembolsando al vendedor por prestar su ayuda en ello.
  • Tiene la posibilidad de contratar un seguro completo para la mercancía.

Obligaciones del vendedor
  • Suministrar la mercancía junto con la factura comercial, además de cualquier otra cosa que se exija en el contrato. También llevará a cabo todos los trámites de la exportación de la mercancía.
  • Tendrá que contratar el transporte principal para llevar la mercancía hasta el punto convenido. Asumiendo, el gasto del mismo. También sobre las operaciones de verificación en la entrega de la mercancía, proporcionando las expensas del embalaje para el transporte.
  • Contratará el seguro para beneficencia del comprador, donde el seguro pueda ser reclamado directamente por él, sin inconvenientes de que el vendedor tenga que estar presente.
  • Entregará la mercancía al transportista dentro de la fecha estipulada en el contrato de venta.
  • Asumirá todos los daños o pérdidas de la mercancía hasta que haya sido entregada. También dará aviso que ha sido de manera correcta, o en cualquier caso para que el comprador pueda tomar cartas sobre el asunto para retirar su mercancía.
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